Hoy aparece un reportaje, en El Pulso de La Tercera, sobre la "preocupación de la Unión Europea" respecto de la situación financiera de algunas empresas de energía renovable (EDF Renewables, GPG Naturgy, Opdenergy, Mianstrerm, etc).
Es importante recordar que la "nueva" Ley 20.720 (2014), Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, fue un avance importante en materia de derecho concursal en Chile. Se entregaron varios elementos (protección financiera concursal, plazos acotados del concurso, especialización de veedores y liquidadores, etc)
Este año se promulgó la Ley 21.563, que es una modificación a la Ley 20.720, la cual comenzará a regir desde el 11 de Agosto de este año. Los mayores cambios están en simplifaciones de los procesos de liquidación para empresas PYMEs, exepciones a la extinción de saldos insolutos, extensión del periodo de protencción financiera concursal, entre otros
.Sin embargo siguen quedando varios temas pendientes, para tener una Ley de Insolvencia de clase mundial. La jurisdicción que tenga una Ley de Insolvencia (Quiebras) moderna, con un mercado secundario de financiamiento, será un polo de atracción para futuros inversionistas.
Uno de los principales elementos que todavía faltan en la actual normativa Chilena esFinanciamiento de empresas en Insolvencia: El famoso DIP Financing de la ley de quiebra en USA es una de las principales fortalezas del USA Bankruptcy Code. El DIP Financing, es un financiamiento garantizado de un inversionista, que permite a la empresa en un concurso tener financiamiento para "sobrevivir" durante el proceso de reorganización. Hoy en Chile, si una empresa entra en una ARJ, prácticamente se le cierran todos los financiamientos, lo que hace muy díficil lograr un resultado exitoso de reorganización. Es fundamental crear incentivos para inversionistas privados, dado que la banca comercial no tiene las herramientas , ni la normativa se lo permite, de entregar nuevo financiamiento a empresas en distress.
Hay que desarrollar un mercado secundario de compra y venta de créditos, y entregar las garantías (super prioridad) para que el nuevo financiamiento (post-petition claims) opere en forma fluida. Financieramiente lo que hace el DIP Financing es poner "in the money" al activo subyacente. Los pre-petitions creditors tienen que "pagar la prima" por la opción, lo que significa "reducir" su nivel de garantía sobre los activos de la empresa y reducir su tasa de recuparación de los créditos. Muchas veces el DIP Financing afecta los pre-covenants.
Chile tiene la oportunidad, y espero que la visión, de tener una Ley de Insolvencia de Clase Mundial en los próximos 10 años, lo que nos permitiría ser un referente regional para casos de reorganización concursal (tal como lo es USA o Singapur)